– TERRENOS: PS, PR, PA, TA, TH y IM; siempre que no tenga una cobertura arbolada > 10% o regenerado viable.
– SUPERFICIE MÍNIMA Y MÁXIMA: 5 ha y 100 ha. Con un área continua ≥ 2 ha.
– ACTUACIONES SUBVENCIONABLES:
o COSTES IMPLANTACIÓN: trabajos de preparación del terreno, la adquisición de la planta, protectores, plantación en sí y cerramientos como obra complementaria. (Los protectores y el cerramiento no podrá superar el 50% del importe de preparación del terreno, adquisición de planta y plantación.)
o PRIMA DE MANTENIMIENTO: el mantenimiento de los 5 primeros años, se subvenciona por hectárea forestada que cumpla con el 75% de planta viva, 300 €/ha/año.
o YA NO SE PAGA NINGUNA PRIMA COMPENSATORIA.
El plazo de presentación de estas solicitudes finaliza el día 22 de junio de 2018.
Toda la información en: reforestación y creación de superficies forestales